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Orden ejecutiva, trae alivio, luz y esperanza Entérese de los pasos a seguir.

Queridos Lectores:

Esta es una semana muy alegre, tenemos grandes noticias y grandes esperanzas. El Presidente Obama anunció con gran alegria una orden ejecutiva que cambiará la vida de millones de inmigrantes en este país. El anuncio se realizó el jueves, y el viernes el presidente visitó Las Vegas para hablar más acerca del tema. Ahora que el presidente ya anunció los cambios mediante la orden ejecutiva, debemos prestar atención y tener paciencia pues los beneficios de estas ordenes ejecutivas no son inmediatos, ya que debemos esperar hasta que el gobierno emita regulaciones y el Departamento de Inmigración nos indique el procedimiento para aplicar.

En principio, el presidente anunció no una sino varias medidas en diferentes temas: 1) Expansión de DACA: De acuerdo con el anuncio del jueves, un dreamer era una persona que vivía en los Estados Unidos indocumentada, que había entrado antes de los 16 años, antes del 06/15/2007, que había terminado la secundaria o el GED, que no había cometido delitos que lo descalificaran y que tenía menos de 31 años cumplidos para el 15 de junio del 2012. A partir de la nueva orden emitida por el presidente, un dreamer es alguien que entró antes de los 16 años de edad, antes del 1/1/2010, que terminó la secundaria o el GED, que no tiene crímenes que lo descalifiquen y ya no cobra importancia la edad actual. Por ejemplo; Pedro tiene 46 años de edad, sus padres lo trajeron a los 13 años de edad y vive aquí desde entonces. Pedro no terminó la escuela pero el año pasado sacó su GED y no nunca ha sido arrestado o cometido crímenes por ende, califica para ser dreamer. Gracias a este cambio muchas más personas pueden calificar como dreamers. 2) DAPA: Un dapa es un padre de ciudadano americano o residente legal que entró y vive aquí desde antes del 1/1/2010, que no ha cometido ningún crimen que lo descalifique y que puede registrarse y pagar sus impuestos. Esta es la medida que ayudará a la mayor cantidad de inmigrantes y es una bendición en este momento para los muchos niños que ahora pueden dormir con la tranquilidad sabiendo que sus padres no serán deportados. Para calificar para DAPA deberá probar quién es usted (documentos de identidad), deberá probar su relación con el hijo o hija (actas de nacimiento, residencia legal, certificado de ciudadanía de los hijos), deberá probar que entró a los Estados Unidos antes del 1/1/2010 (recibos de luz, agua, teléfono, talones de cheque, taxes, etc), deberá probar que estaba en los Estados Unidos el 20 de noviembre del 2014 y que no tiene ningún crimen que lo descalifique. En nuestro próximo segmento hablaremos de los crímenes que lo descalifican.

3) Perdón provisional: El perdón provisional ha sido ampliado y ahora no solamente los esposos, padres e hijos menores de 21 años de ciudadanos americanos califican sino que también pueden aplicar los hijos de residentes legales y sus esposas.

Como ven, las medidas son muy buenas y van a ayudar a muchas personas. Sin embargo, se debe esperar, pues las aplicaciones para los nuevos DACA se darán en febrero del 2015 y las de DAPA en mayo del 2015. Mientras no tengamos aplicaciones, no podemos hacer nada. Para cualquier otro proceso por favor consulte un abogado personalmente.

Mientras esperamos tendremos seminarios gratuitos para informar a la población, busque la lista de mis seminarios en mi página de Facebook: Inmigración al día_ Lic. Kathia Pereira.

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