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Derechos humanos celebra fallo sobre acceso de trabajadoras domésticas a seguridad social

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) reconoció el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la garantía individual de las personas trabajadoras domésticas de acceder al seguro social obligatorio.

De igual manera, destacó la disposición del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de acatar inmediata y puntualmente la decisión del Máximo Tribunal del país para incluir a ese sector poblacional al régimen obligatorio de protección de seguridad social y su compromiso de abrir sus puertas a los mexicanos, sin distingo y sin privilegios.

La resolución concluye que de manera injustificada se excluye a las personas trabajadoras domésticas del régimen obligatorio del seguro social, lo que constituye un trato discriminatorio que afecta de manera desproporcionada a las mujeres, quienes de forma mayoritaria integran el grupo de personas dedicadas al trabajo doméstico.

“Para esta Comisión Nacional, la sentencia abordó, desde una perspectiva de derechos humanos, la protección y defensa de los derechos laborales de las trabajadoras domésticas, quienes han demandado la necesidad de cambiar las normas discriminatorias que vulneran su derecho a la seguridad social”, anotó.

De igual forma, apuntó, la sentencia emitida por la Segunda Sala del máximo tribunal constitucional es de suma trascendencia pues tendrá como efecto que se garantice de forma universal el derecho fundamental a la seguridad social.

El 7 de octubre, la CNDH presentó el escrito “Amicus Curiae” ante la Segunda Sala de la Corte sobre el amparo directo 9/2018, relacionado con el derecho de las personas trabajadoras domésticas de acceder al seguro social obligatorio.

En un primer momento, el proyecto de la sentencia del amparo proponía no amparar a la quejosa, al considerar que no constituía un trato discriminatorio la exclusión de las trabajadoras domésticas del régimen obligatorio del seguro social.

La ejecutoria aprobada por unanimidad de votos por los integrantes de la Corte, a propuesta del Ministro Alberto Pérez Dayán, emparó a la quejosa, exponiendo la renuencia del Estado para implementar nuevos esquemas y políticas encaminadas a brindar un acceso real a las prestaciones de seguridad social a todas las personas empleadas domésticas mediante su inscripción en régimen obligatorio.

Esa situación, ha permitido que hasta la fecha exista discriminación estructural hacia ese sector laboral.

La CNDH se congratula que la resolución retomara algunas de las consideraciones expresadas por diversas organizaciones de la sociedad civil, así como en el escrito en que se manifestaron los diversos estándares internacionales en materia de seguridad social de las personas trabajadoras domésticas”.

Ello, puntualizó el organismo nacional, destacando la tendencia internacional de incluir esa modalidad laboral en los regímenes obligatorios de seguridad social”.

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