La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) llamó a la FGR a desistir de la intención de eliminar el feminicidio de la ley, pues ello significaría un retroceso inadmisible, que significaría cancelar la exigencia de investigaciones serias e imparciales, no garantizaría una respuesta eficaz del Estado, pues con dicho delito se pretende perpetuar los patrones culturales de subordinación, inferioridad y opresión de las mujeres.
En un posicionamiento dado a conocer el jueves 13 de febrero, consideró que el vínculo entre la propuesta de modificación y la posibilidad de facilitar la investigación de los feminicidios, viola el Artículo Primero constitucional por el incumplimiento de las normas, principios y estándares vinculantes en materia de prevención, investigación, sanción y garantía de reparación eficaz y justa ante el feminicidio.
Además, “justifica no contar con profesionales competentes capaces de identificar los factores que constituyen la violencia de género, justifica el incumplimiento del deber del Estado de actuar con la debida diligencia ante actos de violencia contra la mujer entre otros”, aseveró.
El organismo enfatizó que el Estado mexicano tiene la obligación de prevenir, erradicar, investigar y reparar la violencia contra las mujeres, incluyendo el feminicidio.
“Es inadmisible el aumento de los feminicidios en nuestro país, constituyendo ya una gravísima crisis en materia del respeto y garantía del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia”, alertó.
El reconocimiento del feminicidio como delito en la normatividad nacional y, en específico en el Código Penal Federal, ha sido un avance definitivo en el reconocimiento del carácter de violencia extrema resultante de la posición de subordinación, marginalidad y riesgo en la que se encuentran las mujeres en México, señala el posicionamiento.
La propuesta de la Fiscalía General de la República de cambiar el tipo penal del feminicidio por el del homicidio agravado “significa un retroceso en la consideración de la especificidad del contenido, implicaciones y significado de este delito, invisibiliza el componente esencial de odio contra las mujeres, así como que a través de él se busca perpetuar los patrones culturales de subordinación, inferioridad y opresión de las mujeres”
Una posible modificación, añadió la CNDH, niega de iure y de facto el acceso a la justicia de las mujeres, cancela la exigencia de que las investigaciones penales sean exhaustivas, eficaces, serias e imparciales, y “no garantiza una respuesta adecuada del Estado ni la debida diligencia de sus instituciones, omite el deber de abordar el delito con una perspectiva de género, entre otros aspectos, siendo por ello inadmisible”.
La tipificación del feminicidio en el Código Penal Federal, enfatizó, es el resultado del cumplimiento de México respecto de las obligaciones contraídas para el pleno respeto y garantía de los derechos humanos de las mujeres, de un serio y experto trabajo de legisladoras y legisladores, de las propuestas del movimiento amplio de mujeres, del análisis y propuestas multidisciplinarias de instituciones y especialistas en el tema, de múltiples experiencias y aprendizajes con respecto a este gravísimo problema.
Con la tipificación vigente, se visibiliza una situación estructural de violencia sustentada en una cultura de odio y discriminación hacia las mujeres, abundó la CNDH.