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¿Casado(a), o a punto de casarse? Definiendo la propiedad en comunidad

En días pasados una pareja de casados muy joven se acercó a las oficinas de The Casas Team cerca de Flamingo y Pecos para hacer una consulta muy válida a la hora de adquirir una propiedad. Querían saber si al comprar en conjunto el hogar, cada uno tenía derechos separados o cómo se definía en términos legales el título de la casa que querían comprar con nuestra asesoría. Pues bien, legalmente se denomina propiedad en comunidad a aquella que se adquiere dentro de una unión conyugal legalmente establecida y que otorga derechos iguales a ambos miembros del matrimonio.

En términos prácticos, cada activo (propiedades, electrodomésticos, vehículos o lujos) o pasivo (deuda de cualquier tipo), que se adquiere durante un matrimonio pertenece a las dos personas, inclusive una casa, y otorga derechos fundamentales igualitarios sobre la propiedad. Cada uno es dueño de la mitad.

Al ser joven, se es curioso e igualmente pro-activo. Eso lleva a los jóvenes de hoy a querer ocuparse de todos los detalles y saciar su necesidad de conocimiento, lo cual está muy bien. Recuerdo que mis padres me contaban que en su época esas preguntas sobre propiedades, deberes y derechos no se hacían, pero no es el caso de la juventud actual. No está mal claramente ser curioso y para eso existen profesionales como en The Casas Team. Lo que está mal realmente es incurrir en una decisión de vida sin conocer mucho más a allá sus alcances. Podemos sonar a veces muy incisivos con el tema, pero al comprar una propiedad se está tomando una decisión igual o tan importante como el matrimonio en si.

Una de las características más importantes de la propiedad en comunidad, es que no se puede disolver por partes. Es decir, que uno de los cónyuges, no puede vender su parte sin el otro. En el desafortunado caso en el que la pareja decida tomar rumbos diferentes y divorciarse legalmente, la ejecución de la compra o venta de la misma se tiene que hacer en una sola transacción.

En caso de muerte por parte de uno de los dos, el cónyuge tiene derecho a la mitad de la parte de su esposo o esposa, es decir a 1/4 adicional de la propiedad, y el restante a los hijos si existieren. Si no, se ejecuta una sucesión a la pareja.

Preguntas como esta surgen todos los días en una asesoría profesional como la que requiere una compra de casa. Nosotros en The Casas Team lo vemos como algo más. Es casi una consultoría de negocios donde el factor humano es lo primordial y el conocimiento pleno del cliente, lo que hace que nuestra tarea sea completa.

Si tienen dudas o inquietudes respecto a este tema, quiere ponerse en contacto con un profesional que lo asesore en términos de compra de Bienes Raíces, asistencia de cualquier índole, o cualquiera que sea la pregunta, saben que pueden comunicarse directamente conmigo al correo electrónico info@thecasasteam.com, al teléfono 702 499-6556, ó en www.thecasasteam.com. Espero saber de todos muy pronto.

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